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Desestimación sumaria de recurso que pedía intervención con New Fortress

Por Oscar J. Serrano Aug 4, 2025
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Desestimación sumaria de recurso que pedía intervención con New Fortress

27 de noviembre de 2021 - Conferencia de prensa del director ejecutivo de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), el ingeniero Josué Ortiz, sobre paralización del descargue de combustible a la Central Termoeléctrica de San Juan por PUMA Energy y orden del Tribunal de San Juan a esos efectos.

Tribunal encontró que no tenía autoridad para ordenar los remedios que se le solicitaban con relación al suplido de gas de la isla.

El juez superior Anthony Cuevas Ramos desestimó sumariamente el recurso que le pedía intervenir con distintos aspectos relativos a las agencias de gobierno y el control que la empresa New Fortress Energy (NFE) tiene sobre el suplido de gas en Puerto Rico.

El tribunal entendió que no tenía autoridad para expedir el tipo de remedio que se le solicitaba, un mandamus u orden en contra de un funcionario público para cumplir con un deber en ley. En vez, el juez apuntó que el demandante tendría que pedir un remedio de sentencia declaratoria, mediante el cual un tribunal puede adjudicar cuál sería la aplicación de una ley a un conjunto de hechos particulares.

La determinación es de naturaleza técnica legal y no entra en los méritos de la solicitud que hizo el abonado y expresidente de la Junta de Directores de la Autoridad de Energía Eléctrica (AEE), Luis Aníbal Avilés Pagán. De hecho, el juez emitió su sentencia dos días después de que el demandante sometiera su reclamación y cuando todavía no había emplazado a los demandados.

“De entrada, este foro advirtió que los actos que presuntamente constituyen incumplimientos de deberes ministeriales por parte de los funcionarios codemandados se remontan al año 2018 y se extienden hasta el presente… el orden cronológico de los hechos y el resultado de estos son incompatibles con el recurso de mandamus. La parte demandante pretende, esencialmente, que este foro decrete la nulidad de estos actos a través de un mandamus de forma retroactiva”, razonó el juez.

“Contrario a la teoría de la parte demandante, los contratos que las agencias y/o corporaciones públicas aquí concernidas hayan formalizado en los pasados años no pueden ser impugnados mediante un recurso como el mandamus. En su lugar, la parte demandante tiene a su disposición el mecanismo de sentencia declaratoria”, concluyó.

Entre los varios asuntos que Avilés Pagán le presentó al juez está el contrato de 2018 que la Autoridad de los Puertos extendió a NFE dándole exclusividad por 20 años sobre los únicos muelles con capacidad de recibir gas en la costa norte. También, había pedido una orden para que la Oficina de Asuntos Monopolísticos del Departamento de Justicia cumpliera con la ley e iniciara una investigación contra esa empresa por el monopolio que tiene sobre el suplido de gas a la isla.

Para leer la sentencia, pulse aquí.

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